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LA MERINDAD DE VALDEBURÓN

 

 

Texto: Eutimio Martino.

Casa de Burón, de tiempos de la merindad.
Casa de Burón, de tiempos de la merindad.

Con un título semejante, casi equivalente a éste, publicábamos en 1980 La Montaña de Valdeburón, una serie documental de mil años de historia de la región, ahora llamada a condensación en estas páginas.

Recibe el nombre de "merindad" el territorio gobernado por un merino (maiorino) la mayor autoridad en el mismo, civil y judicial. La merindad se compone de concejos, en este caso Burón, Alión, Maraña, Valdeón y Sajambre, cada uno con su juez ordinario.

Otras autoridades: alcalde para el concejo, regidor para el lugar menor, procuradores tanto para la merindad como para concejo, habituales o eventuales. Un escribano, por el rey o por el señor jurisdiccional, deja constancia de las actuaciones de autoridades o particulares. Las actas de reuniones las puede redactar un "fiel de fechos".

Hay dos clases de merindades: la señorial, o perteneciente a un señor, y la realenga, no dependiente de un señor sino del rey, mediante su merino.

Ya delineada en sus trazos esenciales o genéricos la merindad, atendemos al panorama histórico de las mismas antes de ocuparnos de la de Valdeburón.

Vista aérea de Burón.
Vista aérea de Burón.

Las merindades apuntan en la historia durante el siglo XII con Alfonso VII, el Emperador, y se consolidan con Alfonso VIII, el de las Navas. Fueron hasta veinte las merindades de Castilla, incluyendo algunas en el País Vasco y La Rioja, siquiera temporalmente, y perduran hasta fines del siglo XVIII, de hecho hasta bien entrado el XIX con su organización de provincias y partidos judiciales.

Holgaría tener que decir que unas pertenecen al rey, otras a señor, seglar o eclesiástico, admitiendo además enclaves jurisdiccionales en el territorio. Y es importante advertir que las que son de señorío satisfacen derechos al señor, además de los debidos al rey.

Vemos ahora el aspecto sin duda más esencial, como se constituye la jurisdicción dentro de la brindad según que se trate de merindad del rey o merindad de señor.

En las primeras el merino, que es nombrado por el rey, además de ser juez de apelación, suele nombrar los jueces inferiores, los ordinarios o concejiles. En las de señorío, el señor es merino y justicia mayor, así como también el que nombra los jueces de cada concejo, al menos habitualmente.

Palacio de los Gómez de Caso
Palacio de los Gómez de Caso
Foto: Miguel Valladares.

Se observará cómo en uno y en otro caso la línea de transmisión de la autoridad es descendente, como que va desde el rey hasta el juez ordinario pasando por el merino y por el señor. Pero nada semejante hallamos en la merindad de Valdeburón sino que la línea se trueca en ascendente y a partir de la base hasta llegar al merino, bajo el rey con sus tribunales.

Es decir, los vecinos eligen a su juez ordinario concejil, independientemente y en otra actuación, los vecinos eligen también a su merino. Y, desde luego, éste será un vecino entre tantos, un vecino de la misma merindad.

Conclusión, siendo la merindad de Valdeburón la única en el reino de León, es también un unicum por su régimen de jurisdicción, absolutamente popular y democrático, una institución sin paralelo posiblemente. Y el cómo se llegó a ella, ésta es la cuestión que habría que investigar. Pero hemos de contentarnos ahora con delinear su historia desde su aparición.

Pendón de Polvoredo.
Pendón de Polvoredo.
Foto: Miguel Valladares.

Ésta fue, desde luego, tardía, pues no se constituye como tal, en su singularidad, hasta mediados del siglo XV mientras que un siglo antes constan las merindades de Castilla en pleno desarrollo (Libro Becerro de las Behetrías).

En 1458 los concejos exponen a Enrique IV que ellos fueron siempre de la corona real y piden ser mantenidos bajo ella, lo cual es otorgado por el rey. Pero seis años después el mismo rey entrega la merindad a Juan de Tovar, señor de Tierra de la Reina, contra lo cual se resiste la merindad y aun ataca Boca de Huérgano.

La prueba de fuego de la merindad, su rechazo del régimen de su señorío, no pudieron ser más productivos. El mismo Enrique IV, tres años más tarde, concede la que podemos llamar Carta Magna de la Merindad de Valdeburón, en la que, tras de revocar la concesión hecha a Tovar, formula de nuevo el privilegio de que permanezcan siempre de realengo, el cual se desarrolla y exalta mediante un segundo privilegio: que puedan elegir su propio merino, el último escalón entre la merindad y el rey.

Detalle del escudo del Palacio.
Detalle del escudo del Palacio.
Foto: Miguel Valladares.

Pero el excepcional privilegio no se aclimata sin más. Los Reyes Católicos no recogen en sus confirmaciones más que el privilegio de realengo perpetuo, no el de merino propio, antes imponen ellos el merino en la persona del Marqués de Prado (Renedo) y del mismo Tovar. Estos incurren en abusos que no dejan de insinuar sus pretensiones de someter la merindad, en tanto que los Reyes Católicos adjudican la justicia mayor de la misma al Corregidor del Principado.

Contra lo uno y lo otro protestan los concejos ante los Reyes Católicos, a quienes únicamente habrían de agradecer el que desde el principio de su reinado confirmasen una cierta hermandad que los mismos concejos habían puesto en pie de guerra para defenderse de algunos caballeros nobles que fatigaban a la merindad. Eran convulsiones de un alumbramiento definitivo.

Antiguas campanas de la iglesia de Escaro.
Antiguas campanas de la iglesia de Escaro.
Foto: Revista Estampa nº 6.

Por fin, el año 1512 doña Juana confirma la que llamamos Carta Magna en todos los extremos, los dos esenciales bien conocidos y un tercero de vinculación a la ciudad de León. Sin embargo, todavía deberá defenderse la merindad contra la ingerencia del Principado en el nombramiento del merino pidiendo y obteniendo nuevas confirmaciones de su privilegio, que debía de parecer insólito en el ámbito político.

Así, en 1564, una Real Ejecutoria de la Real Chancillería de Valladolid. En 1674, una plena confirmación de Carlos II por vía de "nueva gracia". Y en 1721, Real Cédula de Felipe V en el mismo sentido. Por cierto que el memorial presentado a este último por la merindad, recordaba: "Que en este valle plantearon los reyes de León la crianza de potros y caballos que sirvieron en sus gloriosas guerras, con que es solar antiguo de las Reales Caballerizas…" ¿Cómo no pensar en el caballo de El Cid?

La merindad persistirá en su ser hasta el Nuevo Régimen en el siglo XIX.

Cuélebre Binario